Proyecto de línea de transmisión Cardones Polpaico que atraviesa desde Atacama a la capital alega sanciones excesivas de la SMA
Primer Tribunal Ambiental deja en estudio reclamación de Interchile por multas y medidas urgentes y transitorias aplicadas por la SMA. Los ministros del tribunal escucharon los alegatos de la reclamación de la empresa por una multa de más de 1.500 millones de pesos y 4 medidas urgentes y transitorias, MUT, aplicadas por la SMA en el marco de un proceso sancionatorio por incumplimientos ambientales.
Las distintas controversias referidas a la sanción y a las Medidas Urgentes y Transitorias, MUT, aplicadas por la Superintendencia de Medio Ambiente, SMA, fueron las alegadas esta semana, ante el Primer Tribunal Ambiental por la empresa Interchile y el organismo fiscalizador.
La causa, que quedó en estudio, tuvo como punto central la discusión respecto a la multa por más de 1.500 millones de pesos y las 4 MUT que fueron decretadas por la SMA en el marco del proceso sancionatorio por incumplimientos ambientales del proyecto Cardones-Polpaico.
Compromiso voluntario incumplido
En la audiencia, se relevó que los incumplimientos dicen relación con monitoreos de ruido que la empresa se había comprometido voluntariamente a realizar tanto en la etapa de construcción, como en la de funcionamiento del proyecto, los que no fueron efectuados en su totalidad, además de la superación de la norma de emisión de ruido por el efecto corona (ruido similar a un zumbido) en ciertos puntos de la línea de transmisión.
Quedó de manifiesto, también, las 53 denuncias de vecinos de sector Altovalsol y El Romero precisamente por los ruidos que emite la línea de transmisión y los eventuales riesgos a la salud de la población que ello conlleva.
Efecto corona
Sin embargo, la empresa alegó, a través de su abogado Matías Montoya que “no ha habido un efecto corona continuo” y que el ruido constatado por el organismo fiscalizador “es en una baja cantidad, intensidad y no es permanente, lo que quiere decir que la calificación del cargo como grave es infundada”.
No obstante, lo alegado por Interchile, la Superintendencia de Medio Ambiente, a través del litigante Benjamín Muhr, explicó que se han presentado diversas denuncias, antes y después del procedimiento sancionatorio y todas describen el efecto a la salud que genera el ruido, afectando el sueño, provocando cefaleas, generando estrés y otros efectos, lo que motivó que la SMA fuera a terreno y constatara la superación a la norma de ruido de 5 y 7 decibeles”, aseguró el abogado.
Respecto a lo anterior se pudo establecer que Interchile había comprometido 1.176 monitoreos en la etapa de construcción y 318 en la de funcionamiento. Sin embargo, en ambas etapas no se cumplió el compromiso y de las 130 mediciones efectuadas por la SMA en la etapa de operación, 24 de ellas presentaron una superación a la norma de ruido establecida en el Decreto Supremo 38, lo que equivale a un 17% de la muestra.
Muhr fue enfático al manifestar que “la empresa no tiene voluntad de adoptar medidas ya que tampoco lo hizo en el programa de cumplimiento” y enfatizó que se está hablando de más de mil monitoreos que no se efectuaron adecuadamente.
Proceso suspendido por casi 2 años
En tanto, el abogado de la empresa también alegó aspectos formales como, por ejemplo, el decaimiento del procedimiento, debido a que el procedimiento sancionatorio estuvo suspendido por cerca de 2 años, y la figura de prescripción por la fecha en que se efectuaron los monitoreos, la que supera los tres años.
No obstante, el abogado de la SMA, explicó que la situación no ha variado porque la empresa no ha adoptado ninguna medida adicional y las condiciones que generan o propenden al efecto corona siguen igual. “Hay un incumplimiento claro a la RCA (Resolución de Calificación Ambiental) porque hay 188 mediciones de ruido comprometidas por la empresa que no fueron efectuadas, a lo que se suma todas las mediciones que la empresa tuvo que efectuar en la etapa de construcción y no realizó”, dijo Muhr.
Respecto a las MUT, la empresa indica que son medidas excesivas, sin embargo, la SMA indica que lo que es significativo es el riesgo para la salud de las personas por la cantidad de superación de ruido y asegura que la empresa debe proponer medidas para hacerse cargo de los efectos de los proyectos y es distinto a la evaluación ambiental del proyecto.
“La medida es desproporcionada porque la Superintendencia fijó plazos incumplibles y en una extensión que no se justifica, ya que el problema es focalizado y hay una MUT de 700 kilómetros con plazos desproporcionados”, afirmó el abogado de la empresa y aseguró que están llanos a buscar soluciones técnicas y la forma de implementación vía modificación de proyecto o revisando si hay impactos no previstos, pero lo que cuestionan es la sanción aplicada por la SMA.
Proyecto
El proyecto consiste en una línea de transmisión de alto voltaje que recorre las regiones de Atacama, Coquimbo, Valparaíso y Metropolitana con una extensión aproximada de 753 kilómetros y tres subestaciones en Cardones, Maitencillo y Pan de Azúcar.