Octubre 21, 2024

Conoce los rubros que podrán solicitar el “Bono Alivio Pyme” a más tardar a partir del 2 de julio

56 son los rubros que se verán beneficiados con este bono y demás medidas para paliar los efectos de la crisis económica provocada por la pandemia. Entre ellos reparación de calzados y artículos de cuero

Tras la publicación de la ley que establece el aporte en el Diario Oficial, realizada el jueves 17 de junio de 2021, el SII tiene 15 días para habilitar el banner en su portal que permite las postulaciones. Estas deberán comenzar a más tardar el 2 de julio. Una vez realizada la solicitud, hay un plazo de 20 días para que se informen y cursen los pagos.

A nivel nacional se espera que este beneficio alcance a más de 820 mil micro y pequeñas empresas en Chile. El Seremi de Economía de la Región de Tarapacá, Néstor Jofré Núñez, señaló que “este importante beneficio es para todas las personas naturales y jurídicas que hayan informado inicio de actividades en primera categoría ante el Servicio de Impuestos Internos al 31 de marzo de 2020, estén o no exentas del pago de IVA, y que cumplan con los requisitos indicados en la publicación del Diario Oficial”.

Otras medidas

Como lo ha indicado anteriormente la autoridad económica indicó, que a parte del BONO PYME, las Pymes también podrán acceder a medidas tributarias para flexibilizar y reducir temporalmente el pago de impuestos; y otros mecanismos de modificaciones al Fogape, capacitaciones y la discusión inmediata a la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento. Además, se extenderán otros beneficios, medidas de alivio tributario para las Pymes más afectadas, como la devolución del Crédito Fiscal del IVA y la eliminación transitoria de la tasa de interés penal, entre otros

El Seremi también destacó, que además del BONO de $1 millón de pesos, los beneficiarios podrán recibir la devolución de tres meses del promedio de IVA del año 2019 con un tope de $2.000.000. Trámite que podrá realizarse posterior a la entrega del Bono Pyme. Ambos bonos tendrán un incremento del 20%, en caso de que la persona natural o titular de la empresa individual sea una mujer.

Rubros beneficiados

Este es el listado de 56 rubros que podrán solicitar este y los demás beneficios dispuestos para paliar la crisis económica que dejó la pandemia:

  1. Fabricación de otros productos de porcelana y de cerámica.
  2. Fabricación de joyas y artículos conexos.
  3. Venta al por menor de artículos de joyería, bisutería y relojería en comercios especializados.
  4. Venta al por menor de recuerdos, artesanías y artículos religiosos en comercios especializados.
  5. Venta al por menor de alimentos, bebidas y tabaco en puestos de venta y mercados (incluye ferias).
  6. Venta al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y mercados.
  7. Venta al por menor de otros productos en puestos de venta y mercados (incluye ferias).
  8. Transporte de pasajeros vía taxi colectivo.
  9. Servicios de transporte de escolares.
  10. Servicios de transporte de pasajeros en taxis libres y radiotaxis.
  11. Servicios de transporte a turistas.
  12. Transporte de pasajeros en buses interurbanos.
  13. Transporte de pasajeros por vías de navegación interiores.
  14. Venta al por menor de diarios y revistas.
  15. Actividades de hoteles.
  16. Actividades de moteles.
  17. Actividades de residenciales para turistas.
  18. Otras actividades de alojamiento para turistas.
  19. Actividades de camping y de parques para casas rodantes.
  20. Actividades de residenciales para estudiantes y trabajadores.
  21. Otras actividades de alojamiento.
  22. Actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas.
  23. Suministro de comidas por encargo (servicios de banquetería).
  24. Suministro industrial de comidas por encargo; concesión de servicios de alimentación.
  25. Actividades de discotecas y cabaret (night club), con predominio del servicio de bebidas.
  26. Otras actividades de servicio de bebidas.
  27. Otras actividades especializadas de diseño.
  28. Servicios de revelado, impresión y ampliación de fotografías.
  29. Alquiler y arrendamiento de equipo recreativo y deportivo.
  30. Actividades de agencias de viajes.
  31. Actividades de operadores turísticos.
  32. Organización de convenciones y exposiciones comerciales.
  33. Enseñanza preescolar privada.
  34. Enseñanza deportiva y recreativa.
  35. Servicios de producción de obras de teatro, conciertos, espectáculos de danza, otras producciones escénicas.
  36. Actividades artísticas realizadas por bandas de música, compañías de teatro, circenses y similares.
  37. Actividades de artistas realizadas de forma independiente: actores, músicos, escritores, entre otros.
  38. Servicios prestados por periodistas independientes.
  39. Otras actividades creativas, artísticas y de entretenimiento.
  40. Enseñanza preescolar pública.
  41. Actividades de museos, gestión de lugares y edificios históricos.
  42. Actividades de jardines botánicos, zoológicos y reservas naturales.
  43. Actividades de casinos de juegos.
  44. Otras actividades de juegos de azar y apuestas.
  45. Hipódromos.
  46. Gestión de salas de billar; gestión de salas de bolos (bowling).
  47. Gestión de otras instalaciones deportivas.
  48. Actividades de clubes de fútbol amateur y profesional.
  49. Actividades de otros clubes deportivos.
  50. Promoción y organización de competencias deportivas.
  51. Otras actividades deportivas.
  52. Actividades de parques de atracciones y parques temáticos.
  53. Gestión de salas de pool; gestión (explotación) de juegos electrónicos.
  54. Otras actividades de esparcimiento y recreativas.
  55. Reparación de calzado y de artículos de cuero.
  56. Peluquería y otros tratamientos de belleza.
Comparte esta noticia